El Grupo de Estudios Jurídicos y Políticos (GLPS) reaccionó en relación con la adopción del Reglamento del Consejo de Fiscalía de Kosovo para la elección del Fiscal General del Estado y de los fiscales principales de los procesamientos de Kosovo, porque, según el GLPS, fue dictada en flagrante violación de principios constitucionales fundamentales.
En consecuencia, el GLPS solicita al KPK que anule el Reglamento en cuestión y lo ajuste a las normas constitucionales fundamentales.
"Drejtësia Sot" (plataforma del Grupo de Estudios Jurídicos y Políticos) señala que el método de elección del fiscal jefe del Estado y de los fiscales jefe - tal como se define en este Reglamento recién aprobado - deja un amplio margen para el abuso de candidaturas y no respeta el principio de igualdad ante la ley, la seguridad jurídica, el mérito de la selección y la competencia exclusiva del KPK para considerar y rechazar de manera exhaustiva a cualquier candidato que compita por dicho puesto.
"Estimamos que con la fórmula actual del Reglamento, el Panel de Evaluación ocupa poderes que originalmente, según la constitución y la ley del KPK, pertenecen únicamente al KPK. Esta forma de toma de decisiones ha sido declarada claramente inconstitucional en el caso "Daka" (KI34/17), anunciado por el Tribunal Constitucional, en relación con las normas constitucionales relativas al nombramiento de altos funcionarios del sistema de justicia de la República de Kosovo. Además, como hemos destacado constantemente en la KPK, esa forma de redactar un Reglamento que defina la fórmula para la selección del Fiscal Jefe del Estado y de los fiscales jefe de los procesamientos en la República de Kosovo debería haber estado abierta a consultas. público, y no dar lugar a una disposición que no se parezca ni mucho a la versión publicada en consulta pública hace semanas", afirma GLPS, añadiendo que "la introducción de ciertos elementos como el porcentaje (3%) como criterio para la La eliminación de candidatos de la votación en el Consejo es completamente absurda, sin precedentes en la práctica en ningún otro país democrático y totalmente dirigida a hacer posible la eliminación de alguien gracias a una técnica numérica estrecha ('3%) ", informa Koha. neto.
"El 3% es un instrumento directo que puede ser utilizado por una minoría de miembros del KPK (cinco miembros) para predeterminar al ganador en el proceso de selección. Esto va totalmente en contra de los valores esenciales de un sistema de justicia independiente, imparcial y meritocrático", subrayó la GLPS.
Por otra parte, "Drejtësia Sot" afirma que la cláusula de conflicto de intereses que permanece en el Reglamento está lejos de ser su requisito mínimo, es decir, no incluye la amplia gama de situaciones inapropiadas que prevé la Ley de Prevención de Conflictos de Intereses.
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"Situaciones como las de 'personas fiables', 'situaciones de violación de la imparcialidad y objetividad en la toma de decisiones' o 'influencia indirecta', y muchas otras situaciones, no se mencionan en el Reglamento. Le recordamos que el conflicto de intereses y las situaciones de incompatibilidad no pueden reducirse únicamente a "relaciones familiares o económicas", o a la situación de "autoevaluación" del conflicto de intereses por parte de un miembro del KPK, como quedó en la versión aprobada del Reglamento”, dice GLPS.
Por lo tanto, el GLPS solicita al KPK que anule el Reglamento en cuestión y lo ajuste al estándar fijado por el Tribunal Constitucional en el caso 'Daka'.
"En caso de que el KPK no dé tal paso, GLPS pide al Defensor del Pueblo que envíe el Reglamento para revisión constitucional al Tribunal Constitucional, porque viola el principio de igualdad ante la ley, el mérito y la seguridad jurídica, en el misma medida que en el caso 'Daka'", concluyó GLPS.
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