Si una emisora de radio tiene unos ingresos brutos anuales de 100.000 euros, deberá pagar hasta 4500 euros por la emisión de música. Las cifras para la televisión también son aproximadas. Este es el porcentaje máximo basado en las tarifas publicadas por la «Sociedad de Derechos Musicales de Kosovo», que, al no haber objeciones, están cerca de ser aprobadas. Estas se suman a las de restaurantes y cafeterías, que ya están en vigor para el próximo año. A partir del 1 de enero, ya no habrá música gratuita en la radio, la televisión, las cafeterías, los restaurantes, las tiendas ni los centros comerciales.
Todas las emisoras de radio de Kosovo pagarán una tasa anual por derechos de autor de entre el 2.5 % y el 4.5 % de sus ingresos brutos anuales, según la duración de la emisión de las obras musicales. La misma norma se aplica a las cadenas de televisión en cuanto a los ingresos brutos, aunque las tasas varían. Según el tiempo de emisión, oscilan entre el 1.5 % y el 4 % de los ingresos brutos. En caso de que los ingresos sean bajos y no reflejen su valor real o no estén disponibles, se aplicarán tasas en función de la audiencia: de 800 a 6500 euros para las emisoras de radio y de 500 a 5500 euros para las cadenas de televisión. Estas tasas entrarán en vigor si las emisoras de radio o televisión no han presentado objeciones antes del jueves, fecha límite. De lo contrario, se considerarán en vigor a partir del primer día del año siguiente.
La «Sociedad de Derechos Musicales de Kosovo», entidad autorizada para la gestión colectiva de los derechos de autor en el ámbito musical, ha hecho públicas las tarifas. Estas se suman a las ya vigentes para restaurantes y cafeterías durante el próximo año. A partir del 1 de enero, la música dejará de ser gratuita en la radio, la televisión, las cafeterías, los restaurantes, las tiendas y los centros comerciales.
Mediante un proceso que comenzó el año pasado, el Ministerio de Cultura ha obtenido la licencia de la asociación APIK, la nueva asociación ha sido registrada y se acerca la fecha límite para el pago de las cuotas.
Desde el 30 de marzo, el borrador de las tarifas se publica en la página web de la asociación, así como un aviso en la del Ministerio de Cultura.
La "Sociedad de Derechos Musicales de Kosovo" ha aclarado que la fórmula sobre la que se basan las tasas se deriva directamente de la aplicación de la Ley de Derechos de Autor y Derechos Conexos, que define expresamente los criterios que deben tenerse en cuenta para su establecimiento.
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En este contexto, la metodología KMRS se ha construido reflejando los criterios exigidos por la ley, a saber: los ingresos que se pueden obtener como resultado del uso de una obra; la capacidad y el alcance de la transmisión; el tamaño de la audiencia; la ubicación geográfica y las características económicas del mercado; los casos en que los ingresos no reflejan la naturaleza real del uso (tarifa mínima); la importancia del uso de obras musicales en la actividad del usuario, así como la relación entre las obras protegidas y otros contenidos, explican las autoridades de la asociación. Asimismo, se sabe que, de acuerdo con los requisitos legales, se ha tenido en cuenta la necesidad de diferenciar el nivel de las tarifas según la fuente de ingresos, en particular entre las entidades financiadas con subvenciones públicas y las que operan con fines comerciales.
“Para cumplir con el criterio de comparabilidad, las tarifas propuestas se han analizado en relación con las de organizaciones colectivas similares en otros países, en particular aquellos con condiciones económicas y niveles de vida comparables a los de la República de Kosovo, como Macedonia del Norte, Albania, Montenegro, Serbia, Grecia, Bulgaria y Croacia. Cabe señalar que, para algunos de estos países, los datos disponibles corresponden a períodos anteriores (en algunos casos desde 2011), lo que significa que es probable que los niveles de tarifas actuales sean más altos”, indica la respuesta. Se explica que, en este contexto, las tarifas propuestas por la asociación se sitúan por debajo del nivel de estas referencias y reflejan un enfoque prudente, al tiempo que cumplen con los requisitos legales. Esta asociación ha aclarado que, en lo que respecta a la representación, en el ámbito de la gestión colectiva la referencia se hace al repertorio y no a individuos o empresas específicas. Según las respuestas, en este contexto, la KMRS representa al menos 30 obras musicales locales, así como cientos de miles de obras internacionales.
En las respuestas recibidas antes del plazo para presentar objeciones, se indica: «En cuanto a las objeciones, hasta el momento no se han presentado, sino únicamente solicitudes de aclaración sobre los criterios y mecanismos legales, que están directamente regulados por ley y sobre los cuales la organización no tiene competencia ni margen de intervención». La asociación ha anunciado que, en lo que respecta a la implementación, se prevé que la aplicación de las tarifas comience el próximo año, de conformidad con los procedimientos legales pertinentes.
En las preguntas de KOHË al Ministerio de Cultura, esta institución ha explicado que la organización de gestión colectiva autorizada administra un repertorio que incluye más de 30 obras musicales locales y, a través de acuerdos internacionales, como el de "Universal Music", KMRS administra un amplio repertorio internacional. Según MCYS, en la práctica de la gestión colectiva de derechos, el repertorio se refiere a la totalidad de las obras para las que una organización de gestión colectiva está autorizada a administrar los derechos en nombre de los titulares de los derechos, incluyendo los casos en que una obra pueda tener más de un titular de derechos, como autores, coautores, intérpretes o productores, según la estructura de derechos correspondiente. El Ministerio de Cultura, en las respuestas recibidas pocos días antes del plazo para presentar objeciones, ha anunciado que solo ha recibido dos solicitudes de aclaración, que tienen que ver con la forma y el método de determinación de las tarifas.
No se han recibido objeciones respecto al nivel o importe de las tasas propuestas. De conformidad con el artículo 102 de la Ley de Derechos de Autor y Derechos Conexos, si en un plazo de treinta (30) días a partir de la publicación de las tasas, ninguna organización de representación de usuarios, representante conjunto autorizado de usuarios, ni persona física o jurídica obligada al pago de la remuneración, notifica a la organización de gestión colectiva y a la Oficina que no acepta las tasas, entonces se considerará que las tasas han sido aprobadas para el siguiente año natural. Esto significa que, si se cumplen las condiciones establecidas en la ley, las tasas se considerarán aprobadas para el año 2027, anunció el Ministerio de Cultura.
En octubre del año pasado, el Ministerio de Cultura, en colaboración con la Sociedad de Derechos Musicales de Kosovo, organizó una conferencia informativa sobre el tema "Fortalecimiento de los derechos musicales mediante la gestión colectiva". El evento también marcó el lanzamiento oficial de la organización de gestión colectiva de derechos de autor en el ámbito musical, dirigida por Kaltrina Mehmeti.
Desde 2012, Kosovo ha intentado comenzar a respetar la Ley de Protección de Derechos de Autor y Derechos Conexos a través de organizaciones de gestión colectiva. Pero a pesar de las negociaciones sobre acuerdos de tarifas, esto no se ha logrado. Después de recibir la licencia de la organización APIK, la nueva organización logró rápidamente establecer las tarifas para los locales. En julio del año pasado, anunció a las partes y al público que la "Sociedad de Derechos Musicales de Kosovo" había publicado un borrador de tarifas para el uso de obras musicales protegidas para 2026. KMRS fue licenciada por el Ministerio de Cultura, Juventud y Deportes en abril de 2025. Las tarifas para los locales ya han sido aprobadas. Y para beneficiarse de la protección colectiva de los derechos de autor, los artistas deben registrarse o hacerse miembros de la asociación. Para aquellos con una facturación anual de hasta 30.000 euros, la membresía cuesta 20 euros al año; para aquellos con una facturación anual de 30.000 a 100.000 euros, la membresía cuesta 200 euros, y para aquellos que superan esta facturación anual, la membresía cuesta 350 euros. Pero la esencia de este proceso son los pagos por la radiodifusión musical. Según las tarifas, si un café o restaurante con ambiente musical tiene una facturación anual de entre 401.000 y 450.000 euros, pagará una tasa fija de 5.260 euros por música. Para conciertos y actuaciones musicales, los organizadores pagarán el 4% de los ingresos del evento, porcentaje que aumenta anualmente. Las actuaciones musicales pagarán 17 euros por derechos de autor si los gastos de la organización superan los mil euros. Esto también depende del precio de la entrada. A medida que aumentan los gastos, la tasa también aumenta. En eventos deportivos, por ejemplo, si la entrada cuesta 5 euros y asisten 250 personas, se pagarán 25 euros en concepto de derechos de autor. Los locales comerciales de hasta 300 metros cuadrados pagarán una tasa fija de 80 euros anuales; por encima de esta superficie, la tasa será de 0.10 céntimos por metro cuadrado al año.
Los cafés y restaurantes con ambiente musical pagarán según su facturación anual. Hasta 50 mil euros, se pagan 150 euros al año.
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Las cafeterías y restaurantes tradicionales pagarán la tasa según el número de habitantes del municipio. La escala comienza en 15 euros por cada 10 mil habitantes. Las agencias de ventas y otras oficinas que prestan servicios al público pagarán según el número de empleados. De 1 a 6 empleados, se pagan 60 euros al año. Los pabellones deportivos tendrán una tasa de 40 céntimos por metro cuadrado, mientras que los establecimientos de comida rápida tendrán una tasa de 0,40 céntimos por metro cuadrado, dependiendo del número de sillas disponibles para los clientes. Para 10 plazas, la tasa es de 50 euros al año.
Anteriormente, en marzo de 2018, el Ministerio de Cultura había anunciado el acuerdo entre APIK y las cadenas de televisión y radio. Los cuatro canales de Radio Televisión de Kosovo pagarían una cuota anual de 30.000 euros por el derecho a utilizar música para su emisión. Las cadenas de televisión de frecuencia nacional pagarían 6.000 euros al año, las regionales 1.200 euros, las locales 600 euros, los canales de música por cable 2.400 euros, otros canales de cable 1.800 euros, las radios nacionales 3.600 euros, las regionales 720 euros, las locales 480 euros, y las de baja potencia 240 y 180 euros respectivamente. Nada de esto funcionó.