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Cultura

Ministerio e Instituto Albanológico en otro choque por dirección

MEST

"Se anula la decisión n.º IAP/127, de 4 de diciembre de 2025, sobre la elección del Director del Instituto de Albanología de Kosovo. El Consejo de Gobierno está obligado, sin que transcurra el plazo legal de dos (2) años desde que el Instituto no haya elegido director, excluyendo el período comprendido entre la elección del director y la cancelación del concurso, a transferir el mandato del director al director en funciones de entre los empleados del Instituto, a notificar al Ministerio la convocatoria de un nuevo concurso para la dirección del Instituto y a tener en cuenta las recomendaciones del Ministerio sobre las condiciones y los criterios del concurso para la internacionalización de la ciencia", se indica en el primer punto de la decisión.

Si bien para el Ministerio de Educación, Ciencia, Tecnología e Innovación el proceso de selección del director es ilegal, para el Instituto, la interpretación y decisión emitidas por MASTI son contrarias a la legislación vigente. El lunes por la tarde, la ministra de Educación en funciones, Arbërie Nagavci, anunció a través de redes sociales la decisión de seleccionar al director del Instituto de Albanología de Kosovo. La decisión, emitida por su gabinete y firmada por la propia ministra en funciones, Arbërie Nagavci, también se ha publicado.

El Ministerio de Educación y el Instituto Albano de Pristina han entrado en un nuevo conflicto. Ambos se acusan mutuamente de infracciones legales. Esta vez, se trata del proceso de selección del director del Instituto, Naim Berisha. Si bien para el Ministerio de Educación, Ciencia, Tecnología e Innovación el proceso de selección del director es ilegal, para el Instituto, la interpretación y la decisión emitidas por MASTI son contrarias a la legislación vigente.

El lunes por la tarde, el ministro de Educación en funciones, Arbërie Nagavci, anunció a través de las redes sociales que se ha tomado la decisión de elegir al director del Instituto Albanológico de Kosovo.

"El Ministerio de Educación, Ciencia, Tecnología e Innovación, en el ejercicio de sus competencias, está obligado a garantizar el cumplimiento de la legislación vigente. En este sentido, debido a infracciones de las disposiciones legales durante el proceso de selección, hemos anulado la decisión de elegir al Director del Instituto Albano de Kosovo", se lee, entre otros puntos, en el comunicado.

La institución que dirige Nagavci también publicó la decisión. Este documento fue emitido por el gabinete de la ministra en funciones y firmado por la propia ministra en funciones, Arbërie Nagavci. No contiene los nombres de ningún funcionario legal que haya revisado el procedimiento. Además, la decisión se emitió casi dos meses después de que el Consejo Directivo de la OIK decidiera elegir a Naim Berisha como director de la institución. 

"Se anula la decisión n.º IAP/127, de 4 de diciembre de 2025, sobre la elección del Director del Instituto de Albanología de Kosovo. El Consejo de Gobierno está obligado, sin que transcurra el plazo legal de dos (2) años desde que el Instituto no haya elegido director, excluyendo el período comprendido entre la elección del director y la cancelación del concurso, a transferir el mandato del director al Director en funciones de entre los empleados del Instituto, a notificar al Ministerio la convocatoria de un nuevo concurso para la designación del Director del Instituto y a tener en cuenta las recomendaciones del Ministerio sobre las condiciones y criterios del concurso para la internacionalización de la ciencia", se indica en el primer punto de la decisión. 

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En el segundo punto, el Consejo de Gobierno del Instituto Albanológico de Pristina está obligado a tomar las medidas necesarias para cumplir con la legislación vigente. Según la decisión del ministro en funciones Nagavci, el concurso público del 14 de octubre de 2025 para la elección del director del Instituto no respetó las recomendaciones emitidas por el Ministerio de Ciencia, Tecnología y Economía (MEST) el 10 de abril de 2025 sobre las condiciones y criterios del concurso. La justificación indica que el Programa Nacional de Ciencia 2023-2028 identifica la internacionalización de la investigación científica como un objetivo estratégico. 

"En este contexto, el OIK se vio obligado a incluir las recomendaciones del MASHTI, que preveía condiciones y criterios adicionales en el concurso para Director, con el objetivo de elevar el nivel científico y la internacionalización del Instituto", afirma la justificación. 

Según la decisión, ninguno de los miembros del Consejo Directivo ha sido designado para la Comisión de evaluación de candidatos al puesto de Director del OIK. 

El artículo 27, párrafo 3, del Estatuto del Instituto de Salud Pública establece que: «La Comisión estará integrada por cinco miembros designados por el Consejo Científico entre el personal científico del Instituto. También podrán ser designados como miembros de la Comisión empleados de otras instituciones científicas», se lee en la decisión.

El Ministerio concluyó que la composición de la Comisión de evaluación de candidatos al puesto de Director del OIK es ilegal. 

En violación de la legislación vigente, en concreto del artículo 67, párrafo 1, inciso 1.4, de la Ley n.º 03/L-212 sobre el Trabajo y del artículo 94, párrafo 2, de la Ley n.º 08/L-197 sobre Funcionarios Públicos, el Tribunal Constitucional, mediante sentencia de 20 de noviembre de 2025 sobre el nombramiento de los miembros de la Comisión de Evaluación de Candidatos al cargo de Director, también designó a personas jubiladas, según la sentencia. Sin embargo, el Instituto considera que no están sujetos a la Ley de Funcionarios Públicos. Según el Gabinete del Ministro en funciones Nagavci, tras la evaluación de la Comisión sobre la aplicación del procedimiento de evaluación del Director, el Tribunal Constitucional no tuvo derecho a votar en su elección.

Según la decisión, el Gabinete también consideró que el procedimiento de elección del director se basó en el Reglamento Interno No. IAP 90/2 del Consejo Científico, el cual, al momento de realizarse el procedimiento, no constituía un acto jurídico con plena fuerza jurídica. 

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Según la legislación vigente, las leyes que regulan la organización interna y los procedimientos de actuación institucional deben publicarse y ser accesibles, en aras de la transparencia, la seguridad jurídica y la controlabilidad de las acciones de la institución. MASTI considera que, dado que el Reglamento de Trabajo n.º IAP 90/2 no se ha publicado conforme a la normativa (publicado el 20/01/2026), existe una gran incertidumbre sobre la aplicabilidad y los efectos jurídicos de sus disposiciones en relación con el procedimiento de elección del director y otros procesos en los que se utilizó como base procesal. 

El Instituto Albanológico de Pristina también reaccionó a través de Facebook. La institución se muestra "sorprendida porque no se atendió la comunicación oficial", sino que se utilizaron las redes sociales para informarles de la decisión del MEST. 

Aclaramos a la opinión pública que, de conformidad con la Ley n.º 04/L-135 sobre Actividades de Investigación Científica, artículo 1, punto 4, el Instituto tiene personalidad jurídica. El máximo órgano de gobierno y toma de decisiones es el Consejo Rector del Instituto. De conformidad con el artículo 23 del Estatuto del Instituto, el Consejo Rector elige y destituye al Director del Instituto, indica la respuesta. Se aclara que los institutos científicos de Kosovo cuentan con una base jurídica especial, específica para todos los procesos, basada en la Ley de Actividades de Investigación Científica y los estatutos de los institutos. 

La base legal que se invocó al MEST para la decisión emitida a través de redes sociales es incorrecta y no es aplicable a los institutos científicos. Por ejemplo, la Ley de Funcionarios Públicos, en su artículo 3, establece: «Excepciones al ámbito de aplicación de la ley 1. Esta ley no se aplica a los siguientes funcionarios públicos: 1.1. electos; por lo tanto, en nuestro caso, se trata de un proceso legal y específico que se lleva a cabo mediante elecciones y no mediante nombramientos ilegales impuestos».

Según el Instituto, la reacción del MEST se produce fuera de los plazos legales previstos por la Ley de Procedimiento Administrativo General y la decisión es indefinida. 

Se ha convocado para mañana una reunión ordinaria de la Junta Directiva del Instituto Albanológico, que examinará la nueva situación creada y se pronunciará, como único órgano competente para elegir y destituir al director del Instituto Albanológico. 

"Tras la revisión de la situación por parte del Consejo Directivo, el Instituto Albanológico presentará una respuesta más detallada a cada punto de la decisión de MASHTI", se lee en la respuesta. Naim Berisha fue elegido director el 4 de diciembre del año pasado. 

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Los enfrentamientos entre el OIK y el MASHTI habían invalidado la decisión del Consejo de Gobierno del Instituto de Albanología de Kosovo, tomada el 20 de junio, de nombrar al director interino de esta institución, lo que violaba la normativa vigente. Meliza Krasniqi fue nombrada directora interina. 

MASHTI había indicado que solo tres miembros estuvieron presentes en la reunión del 20 de junio, mientras que para la toma de decisiones del Consejo Directivo del Instituto Albanológico, se requería la presencia de cuatro de los cinco miembros del Consejo. Sin embargo, el Instituto insistió en que todo era legal, ya que a la reunión asistieron tres miembros con derecho a voto y el secretario científico, en su calidad de presidente de la reunión, sin derecho a voto.