La empresa "Komed" ha impugnado la decisión del Órgano de Revisión de Adquisiciones sobre la licitación para el suministro de equipos y camas de hemodiálisis, que confirmó la decisión de la UCCK, que declaró ganadora a la empresa "MediHealth". Por ello, "Komedi" ha interpuesto una demanda ante el Tribunal de Comercio.
El panel del Órgano de Revisión de Adquisiciones (ORA) confirmó la decisión del Centro Clínico Universitario (CCUC) que declaró a la empresa “MediHealth” ganadora de la licitación para el suministro de equipos y camas para hemodiálisis, a pesar de que la Fiscalía está realizando investigaciones por sospechas de falsificación de documentos.
La queja fue inicialmente aprobada por los técnicos del PRB, quienes solicitaron una reevaluación de la licitación, pero luego el panel decidió volver a examinar las quejas, tras evaluar que una de ellas no había sido revisada en su totalidad.
Apoyar a la TIEMPO. Preservar la verdad.
El periodismo profesional es de interés público. Tu apoyo contribuye a su independencia y credibilidad. Contribuye también. 1 euro hace la diferencia.
Carta al lector: Por qué solicitamos su apoyo ContribuirLa decisión del panel fue impugnada por la empresa "Komed", que presentó una demanda ante el Tribunal Comercial.
En la demanda presentada, la empresa "Komed" adjuntó un testimonio pericial que demuestra que su eliminación por parte de la UCCK, bajo la justificación de la falta de un límite superior para la medición de la presión arterial, no fue justa.
El perito técnico explica que el motivo de la eliminación del demandante por parte de la entidad adjudicadora QKUK contradice los criterios del expediente de licitación, en concreto el anexo 1. El parámetro de medición (sístole) de 40–260 mmHg figura en la oferta del demandante, concretamente en la carpeta de catálogo del dispositivo (catálogo 6). Las especificaciones y la lista de repuestos de Dialife, en la página 4, indican expresamente que el rango de presión arterial es de 0 a 300.
Este operador económico también alegó que la UCCK no verificó adecuadamente la documentación y no solicitó información adicional.
En este caso, la entidad adjudicadora no solo no verificó adecuadamente la documentación del solicitante, sino que tampoco solicitó información adicional y, directamente, contrariamente a la realidad y a la ley, decidió eliminar su oferta. La entidad adjudicadora está obligada a solicitar información adicional cuando no puede concluir con certeza, a partir de las ofertas, si el operador cumple o no los criterios del expediente de licitación, afirma la demanda de "Komedi".
Según esta empresa, no le fue facilitado el expediente del ganador, lo que indica que posiblemente no cumplió las condiciones.
La UCCK había eliminado a "Komed" por falta de pruebas de la instalación del equipo en tres países. El fabricante suizo "Dialife" también reaccionó a esta decisión del panel de la PRB, alegando que sus especificaciones superaban los requisitos de la licitación.
El valor de la licitación fue de 843 mil euros, y en la licitación la empresa ganadora "MediHealth" ofertó con un valor de 781 mil euros, mientras que "Komed" ofertó con 679 mil euros.