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IKD: La Comisión de Evaluación del Desempeño no puede realizar la evaluación de los miembros de KJK y KPK

Instituto de Justicia de Kosovo

Instituto de Justicia de Kosovo

La Comisión de Evaluación del Desempeño no puede realizar la evaluación del desempeño de los miembros del Consejo Judicial y del Consejo Fiscal de Kosovo. Así lo afirmó en la conferencia organizada por el Instituto de Justicia de Kosovo (IKD).

El director ejecutivo del IKD, Ehat Miftaraj, afirmó que lamentablemente el Ministerio de Justicia no actúa de manera legal para satisfacer las exigencias de un proceso transparente.

"Lamentablemente en los últimos años hemos visto que el Ministerio de Justicia no ha evaluado ni cumplido los requisitos para tener un proceso transparente. Estamos hablando de políticas de justicia, de esas políticas que se basan en la justicia en la participación de los Consejos de la Judicatura y de Fiscales. Esto reduce la confianza del público", afirmó Miftaraj.

El investigador del IKD, Melos Kolshi, afirmó que los miembros de los consejos, que tienen el mandato de evaluar el desempeño de jueces y fiscales, no pueden ser sujetos a evaluación de desempeño en su calidad de miembros de los consejos.

Kolshi dijo que una de las innovaciones de la reforma de la justicia en términos del Proyecto de Ley para complementar y modificar las leyes de la KJK y KPK es también la evaluación del desempeño de los miembros de los consejos. Según el Proyecto de Ley de la KJC y el de la KPK, está previsto que la evaluación del desempeño de los miembros de los Consejos la realice la Comisión de Evaluación del Desempeño, que estará integrada por jueces de rango. del Tribunal Supremo y de Apelaciones, respectivamente fiscales de la Fiscalía General del Estado y fiscales de la Fiscalía de Apelaciones del KPK.

Según Kolshi, la Comisión de Venecia destacó que los miembros del Consejo Judicial sólo pueden ser despedidos sobre la base de una infracción disciplinaria grave y que la responsabilidad que tiene un miembro del Consejo es sólo disciplinaria y no derivada de la evaluación del desempeño.

"El IKD estima que los miembros de los Consejos, que tienen el mandato de evaluar el desempeño de los jueces y fiscales, no pueden ser sujetos a evaluación de desempeño en su calidad de miembros de los Consejos, ya que la Comisión de Venecia subrayó que los miembros de un Consejo Judicial, Sólo podrá ser despedido de su cargo por falta grave (falta disciplinaria grave), que deberá ser probada en un procedimiento que garantice el derecho a un proceso justo. Así, la única responsabilidad que puede asumir un miembro del Consejo es la responsabilidad disciplinaria y no la responsabilidad que se deriva de una evaluación de desempeño", enfatizó Kolshi.

También destacó que el Instituto de Justicia de Kosovo recomienda la eliminación de las disposiciones que permiten evaluar el desempeño de los miembros del KJC y del KPK. /EO