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Arberi

La apelación devuelve el caso Drnjani para un nuevo juicio, alegando que la situación fáctica no fue evaluada en su totalidad.

Murat Dernjani

El exmiembro del ISIS, Murat Dërnjani, será juzgado nuevamente por crímenes de lesa humanidad cometidos en Siria e Irak. El Tribunal de Apelaciones dictaminó que el Tribunal de Primera Instancia, al condenarlo a 20 años de prisión, no evaluó de manera justa y completa las circunstancias del caso.

El Tribunal de Apelación ha devuelto para nuevo juicio la sentencia del Tribunal Constitucional, por la que condenó a Murat Dërnjanin a 20 años de prisión, acusado de crímenes de lesa humanidad contra niñas de la comunidad yazidí en Siria e Irak.

El tribunal condenó al exmiembro de la organización terrorista "Estado Islámico" (ISIS) en julio del año pasado, al considerar que los testimonios de las partes perjudicadas y de los testigos, incluidos los leídos, estaban interconectados.

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Sin embargo, en segunda instancia se determinó que el Tribunal de Primera Instancia no evaluó de manera justa y completa la situación fáctica del caso.

«En consecuencia, el juzgado de primera instancia aprobó la propuesta de la Fiscalía Especial para la lectura de las declaraciones de los testigos MOK, JFAK, FOKS, ZBFK, ASH y Sh.BL, prestadas durante la fase de investigación. Si bien la defensa de las víctimas apoyó esta propuesta, el acta no refleja un consentimiento claro y expreso de la defensa y del acusado para la lectura de dichas declaraciones. A pesar de ello, el juzgado de primera instancia decidió leer las declaraciones sin fundamentar de manera concreta la decisión procesal en que se basa», reza la resolución.

Derjani también fue acusado de violencia sexual y de esclavizar a mujeres de la comunidad yazidí.

Según el Tribunal de Apelación, el tribunal de primera instancia no proporcionó ninguna razón relativa a circunstancias atenuantes al decidir la sentencia.

«El tribunal de primera instancia, sin fundamentar su decisión, no explicó por qué no encontró circunstancias atenuantes, ni por qué en el caso concreto solo concurren circunstancias agravantes al dictar sentencia, de modo que la pena impuesta al acusado contraviene las normas generales sobre la imposición y la justa determinación de la pena. Teniendo en cuenta estas circunstancias, resulta evidente que la sentencia de primera instancia contraviene las normas para la imposición y la determinación de la pena, circunstancias que el tribunal de primera instancia debió haber evaluado y, dentro de estas circunstancias, debió haber fundamentado debidamente su decisión, puesto que presentan hechos decisivos e importantes para adoptar una postura justa y legal respecto a la cuantía de la pena impuesta», reza la sentencia de apelación.

La Fiscalía Especial ya había imputado a Dernjani. Este se había declarado culpable de participar en un grupo terrorista.

Dernjani se entregó a las autoridades turcas en agosto de 2017, tras abandonar el territorio bajo control del ISIS, tal como había anunciado la fiscalía con el permiso de los superiores del ISIS.